¿Qué hacer cuando nos encontramos con una “clausula suelo” en nuestra hipoteca? Conoce tus Derechos

Las denominadas “clausulas suelo” —limitativas de la variación del tipo de interés— son muy habituales en los préstamos hipotecarios, estando incluso previstas expresamente en la normativa de transparencia siempre que resulte de un acuerdo expreso entre las partes, y se encuentre debidamente recogida en el contrato. Si bien  se entiende que las entidades bancarias deben poder acreditar que los clientes conocían su existencia con anterioridad a la firma de los documentos contractuales.


El pasado 9 de Mayo el Tribunal Supremo (TS) ratificó que las cláusulas suelo son nulas, incluso si el cliente se benefició "durante un tiempo" de caídas en el Euribor. Sin embargo, el TS hace hincapié en que "la nulidad de las cláusulas suelo no comporta la nulidad de los contratos en los que se insertan", por lo que declara que los contratos seguirán en vigor en los mismos términos pero eliminando aquellas. Asimismo la sala recuerda que su sentencia no es retroactiva, por lo que  los pagos efectuados con anterioridad al 9 de mayo de 2013 no se verán afectados en ningún momento.

Por otro lado, es importante remarcar que la sentencia sólo afecta a operaciones de personas físicas consumidores. Quedan excluidas personas jurídicas y personas físicas cuando la operación tenga una finalidad profesional. Los profesionales, autónomos y empresarios individuales son consumidores sólo si la operación se puede encuadrar en el consumo privado del individuo.

Existen ya entidades financieras que han procedido a eliminarlas de  forma automática y a devolver los excesos de interés cobrados en la misma cuenta de cargo de la hipoteca. No obstante, existen otras que aún no han realizado estos cambios que dicta la sentencia.


Si nos encontramos ante esta última situación lo primero que debes hacer es interponer una reclamación en tu oficina habitual y así dejar constancia de la solicitud. Transcurrido un plazo prudencial de 30 días si ésta no hubiera surtido efecto os sugerimos que os pongáis en contacto con un abogado de vuestra confianza que será el encargado de iniciar los trámites  judiciales oportunos. 

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