Reclamaciones por lesiones de caídas en establecimientos privados o en centros comerciales

Nos adentramos en plena época de compras navideñas, locales comerciales a tope, intensas lluvias que ocasionan resbalones dentro del propio centro comercial… Hoy, desde DGA, queremos que sepáis que de las lesiones sufridas por esos “tropezones” puede responder el centro comercial y puede que  tengáis derecho a una indemnización. 



En nuestro Ordenamiento Jurídico se recoge el Principio de Responsabilidad Civil extracontractual por el que si una persona o Entidad (por su actuación u omisión) causa a otra una daño grave, quien sufre el daño tiene derecho a una reparación o compensación económica por ese perjuicio.

Dentro de estos supuestos generales, nos encontramos particularmente con las caídas en los establecimientos o centros comerciales. Son casos en los que por el mal estado del suelo (baldosas levantadas, charcos o superficies deslizantes) los clientes sufren caídas y resbalones con lesiones.

Pues bien, en estos supuestos habrá que determinar caso por caso, si la culpa de esa caída o resbalón y las lesiones que hemos sufrido son consecuencia de la culpa o negligencia del propietario del establecimiento. El equipo legal de DGA os puede ayudar y asesoraros, así como determinar si efectivamente puede derivarse culpa o negligencia y, por tanto, luchar por la indemnización que os correspondería.

Para reclamar la responsabilidad civil derivada de este tipo de accidentes hay que recurrir a la vía civil, contando con un año para presentar la demanda desde que se produjo el accidente.

Hemos de tener en cuenta que es la víctima quien debe probar que la caída tuvo lugar por la existencia de “condiciones peligrosas” en el lugar donde se produce la caída y, además, que esas condiciones fueron las únicas causantes de su lesión.


Si sufrís una caída de este tipo, lo mejor y más inmediato es que toméis fotografías con vuestro teléfono móvil para así poder demostrar cuáles eran las condiciones del suelo en el momento del accidente. Asimismo, si existen testigos de la caída, convendría que le pidierais los datos de contacto para, en un futuro, poder contar con su declaración. 

Contactanos y te asesoraremos sin compromiso!

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