Novedades de la nueva Ley de Tráfico

Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico con algunas novedades que se esperaban y otras que se hacen esperar. La tan sonada ampliación del límite de velocidad de 120 a 130 km/h todavía no ha entrado en vigor pero se cree que no tardará mucho en llegar.

El uso del casco será obligatorio para los menores de 16 años que circulen en bici en cualquier circunstancia, de no llevarlo podrán ser multados al igual que una motocicleta pero nunca inmovilizados.

Los detectores que hasta ahora se podían usar, y los avisadores que sí se pueden utilizar. La diferencia entre estos dos últimos es que los detectores rastrean mediante ondas el emplazamiento de un radar y los avisadores anuncian los que existen consultando la base de datos. Si nuestro navegador lleva instalado un detector podría ser objeto de denuncia.

Otra de las novedades es la posibilidad de inmovilizar el vehículo si los sistemas de retención infantil no están bien instalados. Ya no serán obligatorios para aquellos menores que midan más de 1,35 metros cambiando los criterios de peso y edad por la altura del menor. Además los sistemas de seguridad sólo podrán ser instalados en el asiento delantero cuando los de atrás vayan ocupados por otros menores.

En caso de que se produzca un accidente de tráfico provocado por el atropello a especies de caza, el responsable de los daños será el conductor del vehículo. Si la presencia de animales sueltos no estuviese señalizada, la responsabilidad sería del titular de la vía.

Aumentan las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas de 500 a 1000 euros si se es reincidente en menos de un año o si se duplica la tasa permitida. Sin embargo a los peatones todavía no se les puede sancionar por dar positivo.

Los extranjeros residentes en España o que sean titulares de establecimientos, estarán obligados a matricular de forma definitiva en España sus vehículos. Además, se facilita el acceso a los registros y el intercambio transfronterizo de información en caso de que el conductor cometiese infracciones de tráfico en otro país distinto con un vehículo matriculado en un Estado de la UE.

Y por último los plazos para presentar alegaciones y pagar de forma voluntaria una multa aumentan de los 15 a los 20 días y se podrá sancionar al conductor sin identificarle.

De manera que si os veis envueltos en alguna de estas circunstancias y creéis que habéis obrado con la diligencia necesaria y que de lo que se trata es de un error no dudéis en contactar con vuestro abogado de confianza.

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